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ID RUT Nombre Fecha Editar Eliminar
1 2 3 4 5 6

Datos Contratante

Natural
Jurídica

Dirección


Datos asegurado

Natural
Jurídica

Dirección


Datos beneficiario

Natural
Jurídica

Sistema de notificación

1 2 3 4 5 6

Plan

Materia por asegurar

Contacto para inspección

Materia por asegurar

Límite máximo de indemnización

Materia por asegurar

Marca: | Modelo: | Año: | Tipo de vehículo: | Color:

N° VIN / N° CHASSIS:

N° de motor:

Ningún archivo seleccionado

Conductor habitual N° 2

Materia por asegurar

Duración del contrato

1 2 3 4 5 6

Plan: Equipo de Contratista - R131

Cobertura

Según condiciones generales de la Póliza de Equipo de Contratista inscrita en el registro de pólizas de la SVS, bajo el código POL 120130710 y cláusulas adicionales que se indican.


Daños materiales


Responsabilidad civil


CAD 120131011 Gastos por salvamento, remoción de escombros y limpieza




CAD 120131015 Gastos extras por trabajos efectuados fuera de horario normal y por transportes expresos


CAD 120131016 Gastos de flete aéreo


Adicional optativo con cobro de prima

CAD 120131012 Labores o trabajos subterráneos


Plan: Equipo de Contratista - R132

Cobertura

Según condiciones generales de la Póliza de Equipo de Contratista inscrita en el registro de pólizas de la SVS, bajo el código POL 120130714 y cláusulas adicionales que se indican.


Daños materiales


Responsabilidad civil


CAD 120140059 Gastos por flete aéreo


CAD 120140060 Gastos extras por trabajos efectuados fuera de horario normal y por transportes expresos


CAD 120140061 Gastos por salvamento, remoción de escombro y limpieza



Coberturas opcionales, se pueden cubrir las pérdidas y daños causados por:






Plan: Equipo de Contratista - Responsabilidad Civil

Cobertura

Según condiciones generales de la Póliza de Responsabilidad Civil General POL 120130179.

Clausulas adicionales














Plan: Tipo de propuesta de seguro


Cobertura

UF
UF

Inspección

¿Existen otros seguros sobre el mismo vehículo?

No

Inspección

Puedes elegir entre Auto inspección (A través de la app de Renta Nacional), Inspección a domicilio o Centro de inspección

Contacto para la inspección

Dirección


Centros de Inpección
OFICINA DIRECCIÓN COMUNA FONO FONO 2 HORARIO DE ATENCIÓN
IQUIQUE BAQUEDANO 632, PLAZA PRAT IQUIQUE 572419658 572471979 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
ANTOFAGASTA BAQUEDANO 251 LOCAL 1 ANTOFAGASTA 226700480 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
LA SERENA HUANHUALI 260 LA SERENA 512224193 512227368 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
VIÑA DEL MAR 5 NORTE 901 VIÑA DEL MAR 322882938 322696663 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
PROVIDENCIA LOS LEONES 1122 PROVIDENCIA 227501800 227501850 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
RANCAGUA CAMPOS 130 RANCAGUA 722230950 722221804 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
CURICÓ MANSO DE VELASCO 393 CURICO 752321888 752321957 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
TALCA 2 ORIENTE 970 TALCA 712226663 712221202 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
CHILLÁN BULNES 639 CHILLÁN 422217621 422216811 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
CONCEPCIÓN CHACABUCO 402 CONCEPCIÓN 412220087 412220853 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
TEMUCO TORREMOLINOS 410 OF 101 TEMUCO 452213335 412237732 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
VALDIVIA AVENIDA ALEMANIA 410 VALDIVIA 632211227 632211220 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
PUERTO MONTT QUILLOTA 175 OF 1501 PUERTO MONTT 652313999 652315111 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00
PUNTA ARENAS 21 DE MAYO 1283 PUNTA ARENAS 226700820 226700821 Lunes a Jueves de 08:30 a 14:00 y de 14:45 a 18:00 horas
Viernes de 08:30 a 15:00

Plan

Cobertura

1 2 3 4 5 6

Plan: Equipo de Contratista - R131

Preguntas


¿Existen otros seguros sobre el mismo vehículo?

No

El equipo y/o maquinaria es:

Si

No

Propio (Incluye operador certificado y con licencia vigente y acreditable


Si

No

Recibido en arriendo o Leasing (incluye operador certificado y con licencia vigente y acreditable


Si

No

Entregado en arriendo o Leasing (incluye operador certificado y con licencia vigente y acreditable


El equipo y/o maquinaria opera en:

Si

No

Trabajos subterráneos


Si

No

Trabajos a orilla de mar o del océano


Si

No

Trabajos a orilla de ríos o lagos


Exclusiones

Descarga exclusiones

Descargar
exclusiones

Plan: Equipo de Contratista - R132

Preguntas


¿Existen otros seguros sobre el mismo vehículo?

No

El equipo y/o maquinaria es:

Si

No

Propio (Incluye operador certificado y con licencia vigente y acreditable


Si

No

Recibido en arriendo o Leasing (incluye operador certificado y con licencia vigente y acreditable


Si

No

Entregado en arriendo o Leasing (incluye operador certificado y con licencia vigente y acreditable


Exclusiones

Descarga exclusiones

Descargar
exclusiones

Plan: Equipo de Contratista - Responsabilidad civil general

Exclusiones

Descarga exclusiones

Descargar
exclusiones

Plan: Propuesta de seguro

Exclusiones

Descarga exclusiones

Descargar
exclusiones

Cobertura

Plan +55
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil daño emergente UF 1.000.-
Responsabilidad civil daño moral UF 1.000.-
Responsabilidad civil lucro cesante UF 1.000.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 50.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 200.-
Asiento de pasajeros Plan A UF 1.000.-
Asiento de pasajeros Plan B UF 1.000.-
Daños materiales causados por la carga Valor comercial
Daños a terceros causados por la carga UF 1.000.-
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Auto de reemplazo 60 días – Copago diario $4.000.- + IVA)
Conductor de reemplazo por Ley de Alcoholes (Joker) 2 eventos
Tramitación de revisión técnica 1 evento
Conductor a la mantención 2 eventos
Asistencia legal telefónica Ilimitado
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS:

-Robo de accesorios (solo si el vehículo no cuenta con alarma en buen estado y funcionando) UF 2,5.-
-Cuando el conductor al momento del siniestro no sea uno de los conductores registrados en la póliza UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Renta Gold D0
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil daño emergente UF 3.000.-
Responsabilidad civil daño moral UF 3.000.-
Responsabilidad civil lucro cesante UF 3.000.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 50.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Asiento de pasajeros Plan A UF 1.000.- Conductor / UF 300.- Pasajeros
Asiento de pasajeros Plan B UF 1.000.- Conductor / UF 300.- Pasajeros
Daños materiales causados por conductores dependientes Valor comercial
Daños a terceros causados por conductores dependientes UF 3.000.-
Daños materiales causados por la carga Valor comercial
Daños a terceros causados por la carga UF 3.000.-
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Auto de reemplazo Ilimitado – Copago diario $4.000.- + IVA
Conductor de reemplazo por Ley de Alcoholes (Joker) 2 eventos
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS:

-Robo de accesorios (solo si el vehículo no cuenta con alarma en buen estado y funcionando) UF 2,5.-
-Responsabilidad civil por conductores dependientes 10% de la pérdida con un mínimo de UF 10.-
-Daños materiales por conductores dependientes 10% de la pérdida con un mínimo de UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Renta Gold D10
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil daño emergente UF 3.000.-
Responsabilidad civil daño moral UF 3.000.-
Responsabilidad civil lucro cesante UF 3.000.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 50.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Asiento de pasajeros Plan A UF 1.000.- Conductor / UF 300.- Pasajeros
Asiento de pasajeros Plan B UF 1.000.- Conductor / UF 300.- Pasajeros
Daños materiales causados por conductores dependientes Valor comercial
Daños a terceros causados por conductores dependientes UF 3.000.-
Daños materiales causados por la carga Valor comercial
Daños a terceros causados por la carga UF 3.000.-
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Auto de reemplazo Ilimitado – Copago diario $4.000.- + IVA
Conductor de reemplazo por Ley de Alcoholes (Joker) 2 eventos
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS:

-Robo de accesorios (solo si el vehículo no cuenta con alarma en buen estado y funcionando) UF 2,5.-
-Responsabilidad civil por conductores dependientes 10% de la pérdida con un mínimo de UF 10.-
-Daños materiales por conductores dependientes 10% de la pérdida con un mínimo de UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Renta Gold D3
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil daño emergente UF 3.000.-
Responsabilidad civil daño moral UF 3.000.-
Responsabilidad civil lucro cesante UF 3.000.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 50.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Asiento de pasajeros Plan A UF 1.000.- Conductor / UF 300.- Pasajeros
Asiento de pasajeros Plan B UF 1.000.- Conductor / UF 300.- Pasajeros
Daños materiales causados por conductores dependientes Valor comercial
Daños a terceros causados por conductores dependientes UF 3.000.-
Daños materiales causados por la carga Valor comercial
Daños a terceros causados por la carga UF 3.000.-
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Auto de reemplazo Ilimitado – Copago diario $4.000.- + IVA
Conductor de reemplazo por Ley de Alcoholes (Joker) 2 eventos
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS:

-Robo de accesorios (solo si el vehículo no cuenta con alarma en buen estado y funcionando) UF 2,5.-
-Responsabilidad civil por conductores dependientes 10% de la pérdida con un mínimo de UF 10.-
-Daños materiales por conductores dependientes 10% de la pérdida con un mínimo de UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Renta Gold D5
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil daño emergente UF 3.000.-
Responsabilidad civil daño moral UF 3.000.-
Responsabilidad civil lucro cesante UF 3.000.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 50.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Asiento de pasajeros Plan A UF 1.000.- Conductor / UF 300.- Pasajeros
Asiento de pasajeros Plan B UF 1.000.- Conductor / UF 300.- Pasajeros
Daños materiales causados por conductores dependientes Valor comercial
Daños a terceros causados por conductores dependientes UF 3.000.-
Daños materiales causados por la carga Valor comercial
Daños a terceros causados por la carga UF 3.000.-
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Auto de reemplazo Ilimitado – Copago diario $4.000.- + IVA
Conductor de reemplazo por Ley de Alcoholes (Joker) 2 eventos
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS:

-Robo de accesorios (solo si el vehículo no cuenta con alarma en buen estado y funcionando) UF 2,5.-
-Responsabilidad civil por conductores dependientes 10% de la pérdida con un mínimo de UF 10.-
-Daños materiales por conductores dependientes 10% de la pérdida con un mínimo de UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Renta Plus D0
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil daño emergente UF 1.000.-
Responsabilidad civil daño moral UF 1.000.-
Responsabilidad civil lucro cesante UF 1.000.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 50.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Asiento de pasajeros Plan A UF 150.- por asiento
Asiento de pasajeros Plan B UF 150.- por asiento
Daños materiales causados por la carga Valor comercial
Daños a terceros causados por la carga UF 1.000.-
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Auto de reemplazo 60 días – Copago diario $4.000.- + IVA)
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS:

-Robo de Accesorios (solo si el vehículo no cuenta con alarma en buen estado y funcionando) UF 2,5.-
-Responsabilidad civil por la Carga UF 5.-
-Daños Materiales Causados por la Propia Carga UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Renta Plus D10
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil daño emergente UF 1.000.-
Responsabilidad civil daño moral UF 1.000.-
Responsabilidad civil lucro cesante UF 1.000.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 50.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Asiento de pasajeros Plan A UF 150.- por asiento
Asiento de pasajeros Plan B UF 150.- por asiento
Daños materiales causados por la carga Valor comercial
Daños a terceros causados por la carga UF 1.000.-
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Auto de reemplazo 60 días – Copago diario $4.000.- + IVA)
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS:

-Robo de Accesorios (solo si el vehículo no cuenta con alarma en buen estado y funcionando) UF 2,5.-
-Responsabilidad civil por la carga UF 5.-
-Daños Materiales Causados por la Propia Carga UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Renta Plus D3
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil daño emergente UF 1.000.-
Responsabilidad civil daño moral UF 1.000.-
Responsabilidad civil lucro cesante UF 1.000.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 50.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Asiento de pasajeros Plan A UF 150.- por asiento
Asiento de pasajeros Plan B UF 150.- por asiento
Daños materiales causados por la carga Valor comercial
Daños a terceros causados por la carga UF 1.000.-
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Auto de reemplazo 60 días – Copago diario $4.000.- + IVA)
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS:

-Robo de Accesorios (solo si el vehículo no cuenta con alarma en buen estado y funcionando) UF 2,5.-
-Responsabilidad civil por la carga UF 5.-
-Daños Materiales Causados por la Propia Carga UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Renta Plus D5
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil daño emergente UF 1.000.-
Responsabilidad civil daño moral UF 1.000.-
Responsabilidad civil lucro cesante UF 1.000.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 50.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Asiento de pasajeros Plan A UF 150.- por asiento
Asiento de pasajeros Plan B UF 150.- por asiento
Daños materiales causados por la carga Valor comercial
Daños a terceros causados por la carga UF 1.000.-
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Auto de reemplazo 60 días – Copago diario $4.000.- + IVA)
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS:

-Robo de Accesorios (solo si el vehículo no cuenta con alarma en buen estado y funcionando) UF 2,5.-
-Responsabilidad civil por la carga UF 5.-
-Daños Materiales Causados por la Propia Carga UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Renta Civil
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Responsabilidad civil límite único combinado Hasta UF  .-
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Daños a terceros causados por conductores dependientes Hasta UF  .-
Daños a terceros causados por la carga Hasta UF  .-
TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Pérdida Total
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Pérdida total Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil daño emergente UF 500.-
Responsabilidad civil daño moral UF 500.-
Responsabilidad civil lucro cesante UF 500.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 200.-
Daños materiales causados por la carga Valor comercial
Daños a terceros causados por la carga UF 1.000.-
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Plan Estándar D0
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil límite único combinado UF 500.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 35.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
COBERTURA OPCIONAL MONTO ASEGURADO
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Asiento de Pasajeros Plan A Hasta UF 150.-
Asiento de Pasajeros Plan B Hasta UF 150.-
Daños Materiales causados por Conductores Dependientes Valor comercial
Daños a Terceros causados por Conductores Dependientes Hasta UF 500.-
Daños Materiales causados por la Carga Valor comercial
Daños a Terceros causados por la Carga Hasta UF 500.-
Auto de Reemplazo 30 días – Copago diario $4.000.- + IVA (sólo si el vehículo no se utiliza en transporte de pasajeros o arriendo)
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS :

-Robo de accesorios UF 3.-
-Daños materiales por actos maliciosos UF 5.-
-Daños al vehículo por viaje al extranjero UF 5.-
-Responsabilidad civil por la carga UF 5.-
-Responsabilidad civil por conductores dependientes 10% con mínimo UF 10.-
-Daños materiales por conductores dependientes 10% con mínimo UF 10.-
-Daños materiales causados por la propia carga UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Plan Estándar D10
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil límite único combinado UF 500.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 35.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
COBERTURA OPCIONAL MONTO ASEGURADO
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Asiento de Pasajeros Plan A Hasta UF 150.-
Asiento de Pasajeros Plan B Hasta UF 150.-
Daños Materiales causados por Conductores Dependientes Valor comercial
Daños a Terceros causados por Conductores Dependientes Hasta UF 500.-
Daños Materiales causados por la Carga Valor comercial
Daños a Terceros causados por la Carga Hasta UF 500.-
Auto de Reemplazo 30 días – Copago diario $4.000.- + IVA (sólo si el vehículo no se utiliza en transporte de pasajeros o arriendo)
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS :

-Robo de accesorios UF 3.-
-Daños materiales por actos maliciosos UF 5.-
-Daños al vehículo por viaje al extranjero UF 5.-
-Responsabilidad civil por la carga UF 5.-
-Responsabilidad civil por conductores dependientes 10% con mínimo UF 10.-
-Daños materiales por conductores dependientes 10% con mínimo UF 10.-
-Daños materiales causados por la propia carga UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Plan Estándar D3
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil límite único combinado UF 500.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 35.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
COBERTURA OPCIONAL MONTO ASEGURADO
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Asiento de Pasajeros Plan A Hasta UF 150.-
Asiento de Pasajeros Plan B Hasta UF 150.-
Daños Materiales causados por Conductores Dependientes Valor comercial
Daños a Terceros causados por Conductores Dependientes Hasta UF 500.-
Daños Materiales causados por la Carga Valor comercial
Daños a Terceros causados por la Carga Hasta UF 500.-
Auto de Reemplazo 30 días – Copago diario $4.000.- + IVA (sólo si el vehículo no se utiliza en transporte de pasajeros o arriendo)
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS :

-Robo de accesorios UF 3.-
-Daños materiales por actos maliciosos UF 5.-
-Daños al vehículo por viaje al extranjero UF 5.-
-Responsabilidad civil por la carga UF 5.-
-Responsabilidad civil por conductores dependientes 10% con mínimo UF 10.-
-Daños materiales por conductores dependientes 10% con mínimo UF 10.-
-Daños materiales causados por la propia carga UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Plan Estándar D5
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Pérdida total por robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil límite único combinado UF 500.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 35.-
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
Cobertura territorial Todo el territorio nacional (excluyendo islas, salvo Chiloé), Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia.
Remolque o transporte por inmovilización del vehículo Hasta UF 12.-
Reparación in situ:
-Carga de batería.
-Cambio de neumático.
-Apertura de vehículos cerrados.
-Entrega de combustible hasta 5 litros.
-Reparaciones de emergencia (reemplazo de fusibles, ajuste de piezas y/o partes sueltas, problemas de encendido o fallas eléctricas).
Ilimitado
Defensa jurídica. Hasta UF 12.-
Finanzas en procedimientos penales Hasta UF 6.-
COBERTURA OPCIONAL MONTO ASEGURADO
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños al vehículo por viaje al extranjero Valor comercial
Defensa penal y constitución de fianza UF 150.-
Asiento de Pasajeros Plan A Hasta UF 150.-
Asiento de Pasajeros Plan B Hasta UF 150.-
Daños Materiales causados por Conductores Dependientes Valor comercial
Daños a Terceros causados por Conductores Dependientes Hasta UF 500.-
Daños Materiales causados por la Carga Valor comercial
Daños a Terceros causados por la Carga Hasta UF 500.-
Auto de Reemplazo 30 días – Copago diario $4.000.- + IVA (sólo si el vehículo no se utiliza en transporte de pasajeros o arriendo)
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS :

-Robo de accesorios UF 3.-
-Daños materiales por actos maliciosos UF 5.-
-Daños al vehículo por viaje al extranjero UF 5.-
-Responsabilidad civil por la carga UF 5.-
-Responsabilidad civil por conductores dependientes 10% con mínimo UF 10.-
-Daños materiales por conductores dependientes 10% con mínimo UF 10.-
-Daños materiales causados por la propia carga UF 10.-

TÉRMINOS Y CONDICIONES:

Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

Plan Comercial Karry
COBERTURA MONTO ASEGURADO
Daños materiales Valor comercial
Pérdida total Valor comercial
Robo, hurto, uso no autorizado Valor comercial
Responsabilidad civil daño emergente UF 1.000.-
Responsabilidad civil daño moral UF 1.000.-
Responsabilidad civil lucro cesante UF 1.000.-
Robo de accesorios 10% del valor comercial del vehículo con tope UF 50.-
Daños materiales por actos maliciosos Valor comercial
Daños materiales por huelga y terrorismo Valor comercial
Daños materiales por sismo Valor comercial
Daños materiales por granizo Valor comercial
Daños materiales por riesgos de la naturaleza Valor comercial
Daños materiales causados por la carga Valor comercial
Daños a terceros causados por la carga UF 1000.-
Daños causados por conductores dependientes Valor comercial
Daños a terceros causados por conductores dependientes UF 1000.-
Defensa penal y constitución de fianza UF 100.-
Asiento de pasajeros Plan A: Muerte Accidental UF 200.-
Asiento de pasajeros Plan B: Incapacidad Total Permanente UF 200.-
Asistencia al vehículo Según detalle (*)
DEDUCIBLES OBLIGATORIOS:

-Según el plan contratado y en toda y cada pérdida

EXCLUSIONES:

-Salvo estipulación expresa en la presente póliza, están excluidos y no se aseguran los vehículos destinados o usados temporalmente como: Taxi, Taxi colectivo y similares, vehículos dados en arriendo o tipo Rent a Car, vehículos destinados al uso de locomoción colectiva, furgones escolares, vehículos de turismo, vehículos de emergencia (policiales, ambulancias, carros bomba, vehículos de auxilio o similares), vehículos de escuelas de conductores o vehículos cuyos modelos no correspondan a versiones vendidas en Chile por representantes de la marca debidamente autorizados.

Plan

Preguntas

Observaciones y comentarios


TÉRMINOS Y CONDICIONES


Al ingresar la propuesta de seguro, el proponente declara:

  1. Que la propuesta de seguros que está ingresando, expresa su clara voluntad de suscribir una póliza de seguro para la materia individualizada, no obstante, con la emisión de la presente propuesta no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Póliza. Esta propuesta forma parte integrante de las condiciones particulares de la póliza y de sus endosos.

  2. Que las coberturas contratadas serán exclusivamente aquellas que fueron cotizadas por la compañía, con todas las condiciones, exclusiones, extensiones de cobertura y garantías de suscripción ahí señaladas.

  3. Que ha tenido disponibles a su vista las condiciones particulares y generales de la póliza, con las cláusulas adicionales y de uso general que desea contratar, con sus respectivos códigos de depósito en la CMF.

  4. Que toda la información señalada se le ha comunicado de manera clara y comprensible ajustándose estrictamente a las condiciones de los seguros ofrecidos, evitando inducirlo a error o confusión para su aceptación o celebración y facilitando la cabal compresión de la cobertura que está siendo ofrecida o contratada.

  5. Que de conformidad a lo dispuesto en el número 1 del artículo 556 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta propuesta expresan fielmente la verdad sobre el cliente asegurable y el estado de las materias que se pretende asegurar. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusiva responsabilidad del asegurado y dará derecho a la compañía a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a la póliza, y demandar los daños y perjuicios que le hayan causado.

  6. Que el cliente asegurado ha sido debidamente informado sobre las características de este seguro y ha autorizado su suscripción.

  7. Que la propuesta contiene información suficiente para garantizar el consentimiento efectivo del asegurado respecto de las condiciones básicas de cobertura, y toda la información que el asegurador requiera para evaluar la extensión y condiciones de admisibilidad del riesgo, incluyendo, las declaraciones necesarias para la evaluación del riesgo, cobertura ofrecida o solicitada, exclusiones, costos y gastos del seguro.

Renta Nacional se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl

Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en el sitio web www.rentanacional.cl o a través de la página web www.ddachile.cl

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
El procedimiento de liquidación se ajustará a lo contenido en el título IV del D.S. 1.055 de 2012, del Ministerio de Hacienda.

La denuncia de siniestro de vehículos motorizados se realiza a través de nuestra página web en el link https://seguros.rentanacional.cl/denuncia-de-siniestro/ o a través de la App dispuesta por la Compañía.

Ingresado la denuncia, se asignará un número de siniestro y un liquidador para la atención del mismo, quien se contactará con el asegurado a fin de solicitar los antecedentes necesarios para la liquidación, asignando un taller en el que se inspeccionará el vehículo siniestrado, y se determinará la cobertura de la póliza.

El procedimiento de liquidación finaliza con la emisión del informe de liquidación, en donde se informa al asegurado si su siniestro se encuentra amparado por el seguro o no. En caso de tener cobertura, se emite por parte del liquidador la orden de reparación, informándose al asegurado el plazo aproximado de reparación considerando los daños que presente el vehículo, y la disponibilidad de repuestos en plaza. En caso de no tener cobertura, al asegurado lo asistirán los derechos contemplados en el artículo 26 del D.S. 1055.

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